República Dominicana. Congreso Nacional (Leyes, etc.)2023-01-242023-01-241910República Dominicana. Congreso Nacional (Leyes, etc.). (1910). Ley y reglamento sobre organización diplomática. Santo Domingo, República Dominicana: Imprenta y Librería de J. R. Vda. García.https://bd.bnphu.gob.do/handle/BNPHU/2520Edición oficial.Art. 1° Las relaciones diplomáticas de la República con las naciones extranjeras, son dirigidas por el presidente de la República, por medio de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y de las misiones diplomáticas acreditadas en el exterior. Art. 2° Es atributivo del presidente de la República el nombramiento del personal diplomático con la aprobación del Senado. Art. 3^ El personal diplomático de la República consta de las categorías siguientes: 1^ Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipo tenciarios. 2* Ministros Residentes. 3* Encargados de Negocios. 4* Primeros secretarios. 5* Segundos secretarios. 6* Agregados.25 páginasesAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Estados Unidos de AméricaDiplomacia - Legislación - República DominicanaLey y reglamento sobre organización diplomáticaBook