República Dominicana. Confederación Nacional de Profesionales Universitarios2023-06-052023-06-051954República Dominicana. Confederación Nacional de Profesionales Universitarios. (1954). Ley que instituye los colegios de profesionales universitarios y la confederación nacional de colegios de profesionales universitarios. Ciudad Trujillo, República Dominicana: Arte y Cine.https://bd.bnphu.gob.do/handle/BNPHU/2743Colección Patrimonio Dominicano.NUMERO 3796. Art. 1.— Los profesionales universitarios del Distrito de Santo Domingo y de cada provincia del territorio nacional estarán obligados a constituir, cor. sede en la ciudad cabecera de la jurisdicción política correspondiente, una asociación que se denominará COLEGIO DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS. Cada uno de ellos llevará, además, el nombre de la provincia o jurisdicción de que se trate. Art. 2.— Una vez constituidos dichos Colegios, se integrará entre ellos, con sede en. Ciudad Trujillo, la CONFEDERACION NACIONAL DE COLEGIOS DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS.80 páginasesAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Estados Unidos de AméricaConfederación Nacional de Colegio de Profesionales Universitarios - República DominicanaProfesionales universitarios - Legislación - República DominicanaLey que instituye los colegios de profesionales universitarios y la confederación nacional de colegios de profesionales universitariosBook