Código de procedimiento criminal de la República Dominicana : leyes que lo modifican y lo completan

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Número de páginas
161 páginas
Fecha
1941
Título de la revista
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Editor
Editora Montalvo
Lugar de publicación
Ciudad Trujillo, República Dominicana
Resumen
Artículo 1.—La acción para la aplicación de las penas, no pertenece sino a los funcionarios a quienes confía la ley este encargo. La acción en reparación del daño causado por un crimen, por un delito o por una contravención, se puede ejercer por todos aquellos que han sufrido por consecuencia de este daño. Artículo -2.—La acción pública, para la aplicación de la pena, se extingue con la muerte del procesado. La acción civil, para la reparación del daño, se puede ejercer contra el procesado y contra sus representantes. Una y otra acción se extinguen por la prescripción, en la forma que más adelante se establecerá.
Descripción
Incluye concordancia. Incluye bibliografía y notas al pie de páginas. Colección Patrimonio Dominicano.
Palabras clave
Procedimiento penal - Legislación - República dominicana
Citación
República Dominicana. Leyes, decreto, etc. editor: Balcácer, Darío, Rosario, Antonio. (1941). Código de procedimiento criminal de la República Dominicana : leyes que lo modifican y lo completan. Ciudad Trujillo, República Dominicana: Editora Montalvo.