Reglamento hípico No. 3154

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Número de páginas
164 páginas
Fecha
1946
Título de la revista
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Editor
Editora Montalvo
Lugar de publicación
Ciudad Trujillo, República Dominicana
Resumen
Art. 1.—Se crea una Comisión Hípica Nacional compuesta de cinco (5) Comisionados, de los cuales uno sera el presidente, otro Secretario y un tercero como Tesorero, y quienes serán designados por el Poder Ejecutivo. Art. 2.—Los acuerdos de dicha Comisión serán ejecutados y cumplidos por el Comisionado presidente, quien tendrá, además, la supervisión de los asuntos relacionados con el deporte hípico en todo el territorio nacional, así como también las funciones administrativas que se le asignen por el Poder Ejecutivo o la Comisión Hípica Nacional.
Descripción
Incluye índice alfabético. Colección Patrimonio Dominicano.
Palabras clave
Comisión Hípica Nacional - Reglamentos, Carreras de caballo - Reglamentos
Citación
República Dominicana. Comisión Hípica Nacional. (1946). Reglamento hípico No. 3154. Ciudad Trujillo, República Dominicana: Editora Montalvo.