Reglamento No. 7676 para la aplicación del código Trujillo de trabajo
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Número de páginas
23 páginas
Fecha
1951
Título de la revista
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Editor
Secretaría de Estado de Trabajo
Lugar de publicación
Ciudad Trujillo, República Dominicana
Resumen
Art . 1. - Los administradores, gerentes, directores y demás empleados que ejercen funciones de administración o de dirección, se consideran representantes del patrono, en sus relaciones con los trabajadores, dentro de la órbita de sus atribuciones. Son a su vez trabajadores en sus relaciones con el patron o que representan, salvo las excepciones establecidas en la ley o en el contrato.
Art . 2.- El trabajador que desee designar un sustituto o emplear uno o más auxiliares, lo mismo que el intermediario, lo comunicará al patrono, con anterioridad a la fecha en que inicien los trabajos los sustitutos o trabajadores auxiliares.
Descripción
Expedito por el poder ejecutivo el día 6 de octubre de 1951 y publicado en la Gaceta Oficial No. 7338, del 15 de octubre de 1951.
Colección Patrimonio Dominicano.
Palabras clave
Derecho laboral - Legislación - República Dominicana, Legislación laboral - República Dominicana, Leyes - República Dominicana
Citación
República Dominicana. Secretaría de Estado de Trabajo. (1951). Reglamento No. 7676 para la aplicación del código Trujillo de trabajo. Ciudad Trujillo, República Dominicana: Secretaría de Estado de Trabajo.